Los fusilados de Soca
SOCA (4452) La Suprema Corte de Justicia declaró por el mecanismo de resolución anticipada la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de los artículos 1, 3 y 4 de la Ley Nº 15.848, "Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado", para nuevos casos vinculados a crímenes de la dictadura.
Una crónica de Mauricio Pérez para el diario La República detalla la resolución de la SCJ, que permitiría investigar el homicidio en Uruguay de cinco personas, así como casos conexos de tortura y sustracción de menores. Gracias a esta resolución, será la primera vez que se habilite a investigar crímenes de la dictadura contra personas aún vivas: Amaral García, hijo de desaparecidos, y Julio Abreu, sobreviviente del grupo de fusilados en Soca en diciembre de 1974.
La declaración de inconstitucionalidad fue adoptada en la causa caratulada "García Hernández, Amaral y otros", por el cual se indaga el fusilamiento en la localidad de Soca de cinco militantes del MLN-T, que fueron trasladados hacia Uruguay desde Argentina en diciembre de 1974.
Se trata de los militantes del MLN-T Floreal García, Mirtha Hernández, Héctor Daniel Brum, María de los Angeles Corbo y Graciela Estefanell, que fueron ejecutados en Uruguay y sus cuerpos abandonados en Soca (Canelones).
Este recurso de inconstitucionalidad, promovido por la fiscal Ana María Tellechea, incluyó además la petición para investigar la desaparición del niño recuperado Amaral García, hijo del matrimonio de Floreal García y Mirtha Hernández,
De acuerdo a las declaraciones a La República de la abogada María del Pilar Elhodoy, patrocinante en la causa, el fallo permite indagar los delitos perpetrados contra Amaral García, como sustracción de menores y cambio de identidad. "No sólo se habilita la investigación sobre personas asesinadas por la dictadura, sino los crímenes contra personas que hoy están vivas", explicó Elhordoy al matutino.
Tras el secuestro de sus padres, Amaral García fue entregado a una familia adoptiva cuyos integrantes eran agentes del Servicio de Información del Estado (SIDE), con la misión�de infiltrarse en grupos considerados subversivos.
El joven permaneció 10 años desaparecido hasta ser recuperado en 1985 tras una investigación de las Abuelas de Plaza de Mayo. Su aparición puso al descubierto el traslado clandestino de sus padres hacia Uruguay.
Este fallo también permitirá indagar el secuestro, traslado y torturas contra Julio Abreu, sobreviviente y testigo de la matanza de Soca. Abreu fue detenido junto a los cinco militantes del MLN ya mencionados pero fue liberado.
Los fusilados de Soca fueron considerados como parte de una "represalia" de los militares por la muerte del coronel Ramón Trabal, ex jefe de los Servicios de Inteligencia del Estado, a manos de los tupamaros. Sin embargo, una investigación del periodista Roger Rodríguez reveló que el caso de Soca pudo ser una "coartada" para tapar las verdaderas motivaciones del homicidio de Trabal, en ralidad un asesinato de Estado. El nuevo fallo permitirá también investigar este caso, al estar vinculado con los asesinatos de Soca (Montevideo Portal)
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