Hay 2 formas de abatir la contribución inmobiliaria canaria, agregaran una más
CANELONES (Twitter: @elcorresponsal) Agregan otro motivo para invocar ante la Intendencia para bajar la contribución inmobiliaria en Canelones.
Están vigentes los decretos 67 y 73 que brindan facilidades para regularizar deudas de contribucion con la Intendencia de Canelones. En el Decreto Nº 67 de la Intendencia de Canelones están ya contemplados los jubilados, pensionistas y jefes de hogares monoparentales.
Ahora se agregará un nuevo causal -segun dijo el Edil (FA) Gustavo Reynoso al diario El Pais- será el que contemple los ingresos del contribuyente y su grupo familiar si existe.
El decreto define al contribuyente como alguien que es jefe de hogar monoparental esto es, aquella persona que no convive en pareja, siendo el único responsable legal a cargo de los menores de edad con los que cohabita de forma permanente y de esa forma se puede obtener exoneración parcial de deuda, si la vivienda es el único bien con destino habitación.
El valor imponible de la vivienda al año 2008 debe ser inferior a pesos uruguayos $391.785 (V.I.M 2011) y los ingresos mensuales de la familia deben ser inferiores a 5 salarios mínimos.
Se entiende por núcleo familiar, el grupo integrado por el solicitante y quienes conviven con esta persona, en la misma unidad habitacional, sumadas a las personas que habitan en el predio aunque independientes, respecto de aquella, pero construidas en el mismo padrón.
El Decreto Nº 73, se aplica una sola vez y tendrá derecho el núcleo familiar que destine hasta el 6% de los ingresos totales de que dispone. Los ingresos mencionados son los destinados a vivienda, según ponderación de la canasta familiar del Instituto Nacional de Estadística.
Si ese importe resulta insuficiente para la contribución adeudada al 31 de diciembre de 2008, a esa fecha se congela la deuda, quedan suspendida su exigibilidad, pero el interesado deberá pagar de ahí en adelante sus obligaciones nuevas hasta cancelar igual número de cuotas como las suspendidas.
El contribuyente será reconsiderando buen pagador 2 años después de continuar abonando sus obligaciones con regularidad y no debe atrasarse y estará habilitado para solicitar espera y/o postergación, previo a tener la tercer cuota impaga.
Si dejara de cumplir con un solo pago de los tributos inmobiliarios que se vayan devengando en el ejercicio 2009 y siguientes, perderá todos los beneficios establecidos en esta norma y quedará sin efecto la suspensión de pago otorgada.
3 comentarios
Pablo -
Matias Silvera -
adriana vaamonde -
QUERER PAGAR DESDE EL EXTERIOR LA CONTRIBUCION INMOBILIARIA DE CANELONES ES IMPOSIBLE .Por que ???
Quieren deudas : mi tia no la puede pagar yo la quiero pagar con mi tarjeta Internacional Master Card .Pero no la aceptan SOLO si es de un banco en Uruguay .
Yo pago ANTEL ,compras en Tienda Inglesa ,Montevideo Shopping ,me debitan de aquí y listo .
Hace meses vengo tratando de ver como puedo pagar así de normal y fácil .
Pues la Comuna Canaria tiene un lugar donde escribir ,lo hice cuando llegas a poner la clave final te rebota .
Lo intente por Banred tampoco tiene que ser de ahi.
Que atraso La Comuna Canaria ,.Uno quiere pagar pero es imposible .
A ver si se Modernizan ,por favor .Que se asesoren con las Entidades que mencione .Indignacion !!!
Uruguaya que quiere pagar a la Comuna Canaria desde el Exterior pero TRABAS !!!