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EL CORRESPONSAL

Denunciaron a la Corte Electoral ante Agesic por permitir únicamente a la prensa, acceso a los datos comiciales

MONTEVIDEO (3429) La Corte Electoral del Uruguay fue denunciada ante la Agesic por impedir que la información comicial fuera de libre acceso, para cualquier persona -elector o no- que la quisiera obtener. (oir reportaje en Radio Carve pulsando en el enlace de audio encima del cuadro del video)

La Corte Electoral solo permite acceso a los medios de comunicación, lo que configuraría una violación a la ley 18.381. La denuncia fue radicada ante la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información AGESIC.

La Agesic/Uaip es la autoridad en el área de la información publica. En Uruguay el acceso a la información pública es un derecho de todas las personas según la ley 18.381, sin necesidad de invocar una razón concreta.

La denuncia –presentada, contra la Corte Electoral por Albérico Barrios, periodista del diario El Corresponsal de Canelones, ya pasó el primer filtro, la admisibilidad en la Agesic.

 

La Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información AGESIC, citó al denunciante a concurrir a sus oficinas de la calle Andes 1365 piso 7°, (9012929) a rubricar la denuncia para darle luego vista a la Corte Electoral que hara los descargos del caso.

 

Agesic estudiará el caso y decidirá si la autoridad electoral (Corte Electoral)  incurrió en violación de la ley 18.381. "No hice la denuncia como periodista, la hice como ciudadano -explicó Albérico Barrios- ya que como periodista tuve los resultados comiciales, pidiéndole a la Corte Electoral un usuario y una contraseña, para acceder a la pagina Web”

 

“Eso es injusto y además ilegal” dijo el ciudadano-periodista-denunciante, pues la ley 18.381 fue aprobada hace 2 años por el anterior gobierno.

 

Hay “mas de 2 millones 500 mil en Uruguay y  ninguna las personas que votaron puedieron acceder a los resultados de las elecciones, si no son peridistas.

 

“Ni hablemos de las personas que viven geográficamente lejos, en el medio del campo, en el exterior o en la Antártida, o en las una de las 123 embajadas de Uruguay. Mi propia madre no puedo ver los resultados en su computadora ejemplificó el periodista denunciante.

 

Según dijo "solo unos 500 periodistas obtuvieron permiso para ver los resultados de los comicios del Uruguay -incluyendo las elecciones departamentales- pagina Web de la Corte Electoral.

 

Aun así –relata Barrios- los periodistas tuvieron infinitas dificultades especialmente los periodistas del interior, que terminaron dependiendo de lo publicado, en la prensa de Montevideo. Eso es injusto y además ilegal.

 

La ley 18.381 aprobada en 2008, tiene por objeto promover la transparencia de la función administrativa de todo organismo público, sea o no estatal, y garantizar el derecho fundamental de las personas al acceso a la información pública.

 

La ley define que la información pública, es toda información producida, obtenida, en poder o bajo control de toda dependencia pública como por ejemplo la Corte Electoral y la información comicial.

 

Obliga a la difusión de la información pública, por lo que -las dependencias obligadas por le ley- deberán prever la adecuada organización, sistematización y disponibilidad de la información en su poder, asegurando un amplio y fácil acceso a los interesados, como los electores en el caso de la Corte Electoral, cosa que no hizo.

 

Si Agesic no halla de recibo los descargos de la Corte Electoral se le advertirá de la violación a la ley emplazando al organismo a disponer lo necesario para cumplir la norma y eventualmente ser denunciada ante la Justicia.

 

Si la Corte Electoral no cumple lo dispuesto por Agesic, el órgano electoral seria llevado ante la Justicia Administrativa, la que podría imponerle una sentencia y astreintes, (sanción económica diaria por incumplimiento de sentencia) por incumplimiento de la sentencia final.

 

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