![]() ![]() ![]() EL CORRESPONSAL. Portal de información y noticias de Canelones, Uruguay. Redactor Responsable: Periodista Albérico Barrios. C.I.: 1812264-8 Teléfono 094401337. Email: barrios.alberico@gmail.com Montevideo - URUGUAY |
||||||||
|
CANELONES CAPITAL (2003) La Intendencia de Canelones fizcalizará las patentes de otro departamento que circulen por vías de tránsito canarias, a partir del 1° de enero de 2010, dijo Marcelo Hernandez, Director de Tránsito y Transporte de la Comuna Canaria. Si no lo hace se quedará sin el dinero que le envía el Gobierno Central por incumplir la ley de empadronamiento 18.456 Desde entonces, los inspectores pedirán certificados de residencia a los conductores que circulen con autos empadronados en otro departamento. En caso de constatar irregularidades “la sanción se aplica al conductor”, indicó Omar Lafluf, intendente de Río Negro y presidente del Congreso de Intendentes. A partir del 1° de enero, según lo manda la ley de empadronamientos 18.456, aprobada a comienzos de 2009, los Municipios pueden sancionar al dueño del auto o enjuiciar a la Intendencia que aceptó el empadronamiento sin verificar el domicilio presentado. Los que tengan autos empadronados fuera del departamento donde viven o trabajan, tienen hasta el 31 de diciembre de 2009 para regularizar. Esto si la matrícula fue colocada después del 1° de enero de 2008 en un departamento en el que no se vive, ni se trabaja. Las intendencias podrán incautarle el auto a su dueño y retirarle la matrícula. Acto seguido iniciar acciones judiciales para el cobro de la deuda generada por el incumplimiento del tributo automotor en la intendencia actuante. La Suprema Corte de Justicia analiza un recurso presentado por la Intendencia de Colonia para declarar inconstitucional la ley de empadronamiento. En caso de hacer lugar al planteo, la resolución del máximo órgano de la Justicia uruguaya sólo comprendería a Colonia. No obstante, sentaría un precedente que allanaría el camino para que otras intendencias presenten recursos similares, sobre la base de una injusticia tributaria en el resto del país. El abogado Alberto Varela, del Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios, consideró que la Ley 18.456 es "inconstitucional". Las intendencias podrán denunciar por "falsedad ideológica o material", ante la documentación persentada o porque existe un notorio cambio en el domicilio del titular del vehículo. Todo empadronamiento realizado en violación a las normas previstas por la ley podrá declararse nulo. Comentarios > Ir a formulario Fecha: 11/12/2009 13:04. Fecha: 11/12/2009 18:12. Fecha: 11/12/2009 19:19. Fecha: 11/12/2009 21:17. Fecha: 12/12/2009 10:37. Fecha: 13/12/2009 06:21. Fecha: 14/12/2009 11:14. Fecha: 16/12/2009 08:02. |
CANTIDAD DE LECTORES
< >Tweets by ElCorresponsal |
Blog creado con Blogia. Esta web utiliza cookies para adaptarse a tus preferencias y analítica web.
|