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EL CORRESPONSAL

El Fiscal Viana interviene a pedido de los vecinos de la contaminada Lagua del Cisne

El Fiscal Viana interviene a pedido de los vecinos de la contaminada Lagua del Cisne

URUGUAY, CANELONES, Salinas (www.elcorresponsal.com.uy) El Fiscal Dr. Enrique Viana es la única autoridad judicial que tomo cartas en la Laguna del Cisne que abastece una poblacion de mas de 50 mi personas en Canelones, a partir de la planta de Ose instalada en la zona de Salinas. (ver el escrito completo)

La Fiscalía Letrada Nacional, en lo Civil, de 3er. Turno, a cargo del Fiscal Dr. Enrique Viana presento una accion ante el Juzgado Letrado en lo Civil de 6º Turno, pidiendo se disponga una "medida preparatoria, previa a deducir una eventual pretensión de protección del medio ambiente y de ordenamiento ambiental del territorio contra el Estado (Poder Ejecutivo y el M.V.O.T.M.A).

Funda su solicitud en que "los habitantes están perdiendo la posibilidad de acceso al agua potable suministrada por el Estado, y, pese a estar obligado por la Constitución de la República, desde el Estado no se estarían adoptando todas aquellas medidas preventivas y precautorias para que tal catastrófico daño no acontezca"

Expone Viana que "a partir de los significativos impactos ambientales ocasionados por el llamado cambio de la matriz productiva del país, -tal cual ha sido reconocido por las  propias autoridades del Servicio Descentralizado Obras Sanitarias del Estado OSE-, la calidad de los recursos hídricos del país se encuentra seriamente afectada, y, con ello, queda cuestionado el suministro de agua potable a las poblaciones"

El Estado viene dando via libre a la instalación en Uruguay de diversas inversiones extranjeras como son la forestación, la industria de la celulosa, la agricultura de transgénicos, la mega-minería de hierro y oro a cielo abierto, el fracking, etc..

Todas estas actividades tienen un denominador común: ocasionan significativos impactos negativos sobre el agua, es decir, consuman un pesado pasivo ambiental respecto de un recurso natural esencial para la vida.

Los repetidos episodios vinculados a la contaminación del agua por la presencia de bacterias tóxicas (cianobacterias) en las aguas del Río Santa Lucía, no son los únicos, pues en las aguas de los ríos Uruguay y Negro y de otros tantos recursos hídricos, se reiteran cada vez con mayor frecuencia e intensidad, la aparicion de elementos contaminantes inducidos por tales producciones intensivas y sus vertidos.

En el territorio nacional los recursos hídricos están siendo rodeados por diversas “agroindustrias” (cultivo de soja transgénica preponderantemente), que determinan el uso y abuso de importantes cantidades de fertilizantes y agroquímicos, paquete tecnológico, cuya aplicación, a su vez, ocasiona, concurriendo con otros fenómenos, la aparición de las referidas bacterias tóxicas.

Este tipo de bacterias pueden llegar a producir diferentes tipos de toxinas con distintos efectos negativos en la salud humana. “Nitrógeno + fósforo + calor = algas”, es la ecuación a la que refieren los Profesores de la Facultad de Ciencias Daniel Panario y Luis Aubriot y Sylvia Bonilla, confirmada por los Directores de OSE, Milton Machado, y Daoiz Uriarte, a lo que se suman las expresiones publicadas del  Ministro de Defensa Nacional, Eleutrerio Fernandez Huidobro.

Pasa esto en la Laguna del Cisne, ubicada entre las Rutas Nros. 8, 11, 87 y 34, a través de la Usina de Salinas, OSE se aprovisiona para suministrar agua potable a la población de gran parte de la Costa de la Costa en el Departamento de Canelones.

Esa Laguna también se encuentra rodeada por cultivos transgénicos, y es otro ejemplo, uno más, del peligro ambiental en que se encuentran los cursos de agua que son empleados para la extracción de agua potable, lo que contraria el acceso al agua potable, que es un derecho humano consagrado.

"La pérdida o el menoscabo del acceso al agua potable perjudica principalmente a la población más humilde, cuya vida y salud dependen de beber el agua de la canilla” que es suministrada con exclusividad desde el propio Estado, dice Viana en su presentacion judicial.

Se desconocen qué actuaciones administrativas y qué medidas tuitivas, preventivas y precautorias ha venido adoptando el Ministerio de Estado, encargado directamente de la protección ambiental, de la protección del agua y de los recursos hídricos y del ordenamiento ambiental del territorio: el MVOTMA.

Se ignora si ante la situación denunciada el Ministerio del Medio Ambiente tomo medidas a las que está obligado jurídicamente: evaluaciones de impactos ambientales, ordenamientos ambientales del territorio, planificaciones y deberes territoriales, áreas de protección de las cuencas hidrográficas, restricciones, prohibiciones, suspensiones, inhibiciones o prioridades de uso del agua por regiones, medidas cautelares, etc., todo para el correspondiente cuidado de las fuentes hídricas desde las cuales el propio Estado se aprovisiona para el suministro de agua potable a los habitantes y clientes de OSE.

Viana pide a la Jueza que requiera judicialmente la información pública correspondiente, c, y agrega carta dirigida a la Fiscalía Nacional en lo Civil de 3er. Turno por un conjunto de vecinos de Salinas, Costa de Oro y aledaños, con más información adicional, generada voluntariamente por las personas consumidoras del agua de Ose denunciada.

El no impedir un resultado como el denunciado (que se tiene la obligación de evitar), equivale a producirlo, -segun artículo 3º del Código Penal del Uruguay. Los impactos y los daños ambientales -entre otros- la pérdida del acceso al agua potable suministrada por el Estado, como consecuencias de tal asociación del Estado con aquellos intereses privados lucrativos que administran tales industrias, de alguna manera, ya fueron anticipados, en su momento, por quien fuera Directora Nacional de Medio Ambiente, Ing. Agr. Alicia Torres.


Finalmente el Fiscal Viana pide a la Jueza que intime al Mvotma, que informe con la incorporación de todos los antecedentes administrativos que posea, sobre los hechos denunciados, pues la autoridad pública referida está obligada a informar ante el requerimiento judicial.

1 comentario

ROSE GREEN -

todo un adelanto en nuestra revindicación del DERECHO A LA VIDA.ES DECIR EL AGUA NO CONTAMINADA.GRACIAS