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EL CORRESPONSAL

Un Tribunal de Defensa del Consumidor de bienes y servicios turísticos funciona pero, en Mar del Plata; Argentina

ARGENTINA (1298) Hay cosas que hay que copiarles a los argentinos, mal que nos pese. Tal el caso del Tribunal Arbitral de Consumo que ya funciona en Mar del Plata (Argentina) creado este año 2010.

Lo integran las empresas y las agencias de viajes y funciona con adhesión voluntaria contando actualmente con 12 empresas adheridadas.

En Uruguay -país que recibe un millon de turistas- no solo no hay algo asi, sino que la autoridad en consumo -Área de Defensa del Consumidor (08007005)- no funciona los fines de semana, ni los feriados.

 

Peor aún, el propio departamento de Canelones, con más de 500 mil personas y otro tanto que vienen como turistas- no tiene Oficina del Consumidor siendo la única Intendencia del Uruguay que carece de este servicio, a pesar que el actual intendente Yamandú Orsi reconoció el hecho y prometió resolverlo hace 3 años. (ver noticia original)

 

Pablo Di Scala de la Defensa Consumidores de Mar del Plata (Argentina) explicó "Los tribunales funcionan con un sistema de adhesión voluntaria, de las empresas. Y una de sus virtudes es la celeridad en la resolución de los casos planteados"

 

Un turista miró por internet la foto del hotel y de su vista al mar. Habló con la agencia de viajes y tras asesorarse, contrató el servicio.

 

Eran cuatro personas y dos habitaciones. Pero cuando llegaron al hotel, una de las habitaciones no tenía la vista que mostraba internet.

 

Fueron a Defensa del Consumidor Turístico y se puso en marcha el Tribunal Arbitral.

 

“Con el reclamo aquí, funcionó y pudimos solucionarlo con un acuerdo transaccional y un laudo propuesto. Y fue en 24 horas. Hizo la denuncia a las 10 y al otro día a las 13 ya lo tenía resuelto.

 

Aunque ya había un cambio de habitación, propusimos que el hotel ofreciera a las cuatro personas (aunque el problema era con 2 de ellas) un adicional por el mismo período que se había pactado. Y así funcionó”.

 

El que explica es el titular a cargo de Defensa del Consumidor e Intereses del Contribuyente de Mar del Plata, Pablo Di Scala.

 

Y así la ciudad veraniega por excelencia vuelve a hacer punta con un servicio incluido en la Ley de Defensa del Consumidor.

 

“Esta temporada tuvo trabajo arduo. Durante la temporada veraniega esta dependencia ensancha sus horarios y días de atención por esta misma cuestión -indicó Di Scala-. Estuvimos abiertos de lunes a sábado de 8 a 18. Y con posibilidades de abrirlo el domingo también. Básicamente el horario empleado era para los consumidores turistas. No es que uno le quería sacar el pecho a los consumidores locales pero como tienen un espacio temporal mayor para que de 13.30 a 18 sólo fueran exclusivamente para casos de turistas”.

 

A esto se le sumó este año la constitución del primer Tribunal Arbitral de Defensa del consumidor Turístico del país que empezó a funcionar en Mar del Plata, indicó el funcionario. El Tribunal, en principio, está referido a la hotelería y agencias de viaje. Frente a un reclamo, el consumidor tiene las dos opciones: hacerlo por la vía ordinaria que tenemos acá en la Secretaría de Defensa del Consumidor o hacerlo por la vía del Tribunal Arbitral.

 

“En este mecanismo se debe sumar la voluntad del empresario. Esta es la gran distinción: es de adhesión voluntaria. Y la otra diferencia, es que cuando se resuelve un caso, se recurre a la ley de Defensa del Consumidor; en tanto en un caso de Tribunal Arbitral en base a principios de equidad. Se trata de luchar por los intereses de todos”, dijo Di Scala. Y agregó: “Por ahí, puede haber una primera mirada que diga: ‘¡Epa! No se protege al consumidor’.

 

Pero una mirada más profunda, muchas veces las partes al sentirse contenidas facilitan aún más la concertación del acuerdo, por un procedimiento muy rápido que en 24 horas se resuelven”. En principio, hay doce firmas ya incorporadas para toda eventualidad.

 

Pueden darse casos en alguna empresa y caso puntual pueda adherirse. En qué consiste el mecanismo. La Ley 24240, de Defensa del Consumidor (en Uruguay es la 17.250), ordena la creación de Tribunales Arbitrales de Consumo. Se conforman por tres integrantes: uno por asociaciones de consumidores, otro por el sector empresario y el tercero por el Estado.

 

El consumidor tras completar un formulario inicia el trámite. Y el Tribunal sólo podrá pronunciarse sobre aquellos puntos que están expresamente solicitados y aceptados por ambas partes. Aquí es importante señalar que las empresas no están obligadas a concurrir a estos Tribunales Arbitrales, pero un número importante de ellas se han adherido a este método de resolución de conflictos con expresa exclusión de que el Tribunal se pronuncie sobre indemnización alguna.

 

3 comentarios

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ruben -

estaria muy bueno ,comparto la nota,pero quien toma las riendas de llevar adelante tan buena obra ,ya ves casi nadie se pone el poncho al hombro cuando de caminos nuevos se trata para el bien comun.