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EL CORRESPONSAL

En Montevideo los municipales deberan identificarse al proceder

MONTEVIDEO (Uypress) Funcionarios municipales y de los servicios de transporte deberán identificarse ante el usuario que lo pida. El decreto de la Intendencia de Montevideo establece, además, la creación de un libro de quejas que se expondrá en toda dependencia departamental o municipal que preste servicio de atención al público

La Intendencia de Montevideo emitió un decreto que establece la obligatoriedad de los funcionarios de la comuna o los municipios de identificarse ante los ciudadanos que realizan gestiones ante esas dependencias. Éstos deberán hacerlo ante cualquier persona que lo solicite sin necesidad de expresión de causa, dice la norma.

Agrega que el funcionario deberá dar a conocer su nombre y apellido tal como figura en su documento de identidad y no podrá utilizar apodos, iniciales, número de funcionario o cualquier otra forma de expresión.

La obligación incluye la de proporcionar al ciudadano requirente el domicilio físico de la dependencia departamental o municipal donde se desempeña el funcionario, así como el nombre y apellido de su superior inmediato.

Asimismo, se crea un libro de quejas que se expondrá en toda dependencia departamental o municipal que preste servicio de atención al público. Dice la norma que ese documento será enviado mensualmente al jerarca máximo de la repartición que corresponda.

Además, señala que el gobierno departamental deberá en el plazo máximo de dos meses corridos, contados desde la formulación de la queja, comunicarse con el ciudadano denunciante para informarle respecto al estado de las actuaciones cumplidas en relación a lo denunciado.

También, quienes trabajen en ómnibus y taxímetros de la capital, deberán colocar en lugar visible su nombre y apellido. Esto abarca a quienes realicen las tareas de conductor, guarda o conductor/cobrador.

Esta obligación se hace extensiva a los acompañantes en el caso de los servicios de transporte escolar, de turismo y ambulancias. También, los vehículos de transporte deberán exhibir en lugar visible para los usuarios del servicio, los números telefónicos de la empresa y del Servicio de Transporte de la Intendencia  a los cuales realizar denuncias o aportes.

En caso que la empresa incumpla con esta disposición deberá abonar una multa, la cual irá desde las 10 a las 200 Unidades Reajustables.

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